La evolución de la seguridad alimentaria en productos envasados sin gluten

etiquetado sin gluten

El Sistema de Licencia Europeo (ELS) nace para certificar el correcto uso de este símbolo. Por Ana Campos, Departamento de Seguridad Alimentaria de FACE.

Sistema de Licencia Europeo (ELS)

La espiga barrada. Ese símbolo. Esa imagen que utilizamos prácticamente para todo. Esa imagen que nos asegura que todo va bien, que podemos estar tranquilos, que nada de gluten. Ese símbolo que en ocasiones utilizamos en carteles, folletos, infografía. Ese que hace que a veces demos más de un tirón de orejas. ¿Es posible que existe algún símbolo más reconocible para un celíaco que la espiga barrada?

Nacía hace más de 20 años. Por entonces muchas de las asociaciones que hoy forma parte de FACE aún no existían, pero ya entonces era reconocida por todo el colectivo. La espiga barrada creció con la intención de ser un referente en seguridad, aunque no siempre lo consiguió. En sus inicios no significada que el producto fuese sin gluten, sino que este podría contener hasta 200ppm (mg/kg) de gluten…¡¡¡200 ppm!!! Nos lo dicen ahora y apenas lo creemos, pero en aquel momento se acogía a la normativa del Codex Alimentarius. Un valor tremendamente alejado de la cantidad que hoy en día ha demostrado ser seguro para el colectivo celíaco (menos de 20 ppm de gluten).

Símbolo Controlado por FACE

En seguida se pudo comprobar que, a pesar de ser un logo registrado, se realizaba un uso indiscriminado del mismo y sin ningún tipo de control por parte de la industria. Vista la situación y a sabiendas de la necesidad real de una certificación segura, revisada y comprometida, FACE buscó una alternativa que de verdad diese garantías al colectivo celíaco, surgiendo así el símbolo Controlado por FACE. Los primeros usos del mismo constan de 1999 y en aquel momento la Federación se convertía en pionera en seguridad alimentaria para el colectivo celíaco.

El símbolo Controlado por FACE surge frente a un ambiente convulsivo, sin garantías y lleno de cuestiones que solo un pequeño grupo se animó a responder. La necesidad era real: no existía una legislación alimentaria adecuada de los productos sin gluten y seguía en el aire uno de los mayores interrogantes acerca de la dosis diaria de gluten que una persona celíaca podía tolerar. FACE dio respuesta todas ellas.

En sus comienzos, entre los años 1998 y 2005, se creó como un símbolo dirigido a los fabricantes que firmasen un acuerdo con FACE. Con ese acuerdo se comprometían a la realización de controles analíticos periódicos de gluten en sus productos y en caso de que algún control diese positivo, se retiraba dicho producto del mercado. A diferencia de lo que significa hoy en día la marca, el valor máximo de gluten permitido por aquel entonces era de 20ppm de gluten (mg/kg). Las necesidades fueron cambiando, al mismo tiempo que el conocimiento de la enfermedad por parte de la sociedad por lo que en 2005, el símbolo Controlado por FACE se hizo mayor, maduró y se convirtió en la Marca de Garantía.

Este paso al frente supuso la actualización de los sistemas de control para asegurar aún más la calidad y la seguridad de todos los productos que la llevaran impresa.

Marca de Garantía FACE

Esta nueva denominación llevaba de la mano un nuevo cambio: a partir de entonces sería la propia industria alimentaria quien se encargase de controlar la presencia de gluten en sus productos al identificarlo como un peligro dentro de su sistema de APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos) garantizando así la seguridad aras las personas con enfermedad celíaca. Además, todo el proceso pasaría a ser verificado por una Entidad Certificadora acreditada por ENAC y externa a la empresa.

Siguieron sumándose logros en lo que comenzó siendo una pequeña señal de seguridad. Un empeño que entre voluntarios y con mucho trabajo detrás lograron convertir en el mayor referente del mercado en seguridad y calidad sin gluten. En el año 2006 ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) acredita la Marca de Garantía Controlado por FACE y es a partir del año 2007 cuando el valor máximo permitido pasa a 10ppm de gluten, siendo el valor más bajo regulado hasta ese momento.

Nuevos reglamentos sin gluten

Y entonces llegaron los reglamentos y casi nos volvemos locos…En 2009, entró en vigor el Reglamento (CE) 41/2009 estableciendo por primera vez una normativa específica para regular el etiquetado de productos destinados a personas celíacas. En él, se indicaba que los productos «sin gluten» deberían contener menos de 20ppm de gluten y aquellos con «contenido muy reducido en gluten» podrían contener hasta 100ppm.

Tras su lanzamiento, AOECS (Sociedad de Asociaciones de Celíacos de Europa) comenzó a regular el uso del símbolo de la espiga barrada creando el Sistema de Licencia Europeo (ELS) con el objetivo de facilitar la identificación de los productos sin gluten. Para poder emplear dicho símbolo, la industria alimentaria debía someterse a una auditoría para verificar el scumplimiento de todos los requisitos estipulados por AOECS pudiendo certificarse productos entre 20 y 100ppm. Algunos dolores de cabeza después y ya en 2011, la Unión Europea lanza el Reglamento Europeo 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. Este reglamento regular los 14 alérgenos de declaración obligatoria, encontrándose entre ellos los cereales con gluten.

De esta forma, siempre que uno de esos cereales fuese empleado como ingrediente, deberá pasar a ser resaltado para que así el consumidor pueda localizarlo fácilmente. En el 2014, se actualiza el estándar de AOECS pasando a permitirse únicamente un máximo de 20ppm de gluten en el producto final.

Actualidad del etiquetado sin gluten

En el año 2016 casi vuelve a estallarnos la cabeza cuando el Reglamento (CE) 41/2009 pasa a ser derogado por el Reglamento Europeo 828/2014 relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos. Manteniendo los mismos valores que los determinados en el año 2009:

  • SIN GLUTEN: 20 mg/kg de gluten.
  • MUY BAJO EN GLUTEN: hasta 100 mg/kg de gluten en el alimento tal como se vende al consumidor final.

Y con ello vuelta al mismo problema de centrarse únicamente en los valores de gluten del producto final sin definir las medidas de seguridad a tener en cuenta antes de llagar a este e incluyendo de nuevo una categoría de producto no aptos para celíacos: los productos etiquetados como «muy bajo en gluten».

Recuerda que, en diciembre de 2019, la Marca de Garantía Controlado por FACE pasará a ser integrada en el Sistema de Licencia Europeo (ELS o Espiga Barrada) con el objetivo de unificar criterios en todos los países de la Unión Europea para facilitar la identificación de los productos «aptos para celíacos» y evitar la confusión o el desconocimiento que pueda generar a las personas celíacas encontrar diferentes tipos de leyendas o símbolos «sin gluten» fuera de su país. Mientras tanto, desde FACE seguiremos trabajando por tu seguridad.

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